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Certificado PyME

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REGISTRARSE COMO PYME Si tenés un comercio, ofrecés un servicio o desarrollás actividades productivas en el país, podés pagar menos impuestos y acceder a beneficios. Registro PyME Las micro, pequeñas y medianas empresas deben ingresar a AFIP con su CUIT, habilitar el servicio del registro y completar un formulario. Si la solicitud es aprobada, reciben un certificado que acredita su condición de PyME ante el Ministerio de Producción y terceros organismos e instituciones. Con este certificado pueden acceder a beneficios impositivos y a programas de asistencia para su empresa. ¿Qué es una PyME? Es una micro, pequeña o mediana empresa que realiza alguna de sus actividades en el país, en alguno de estos sectores: servicios, comercial, industrial, agropecuario, construcción o minero. Puede estar integrada por una o varias personas, o por un conjunto de empresas. Categorías El Ministerio de Producción establece la categoría de las PyMEs de acuerdo a la actividad declarada, a los ...

AFIP turno web obligatorio

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¿Cómo solicito un turno web? El turno se obtiene ingresando a la opción turnos que se encuentra en la esquina superior de la página web del Organismo, o bien ingresando al servicio con clave fiscal Portal Ciudadano. El sistema solicita la identificación mediante el ingreso de algún tipo de documento y luego se debe elegir el trámite a realizar, seleccionar lugar, la fecha y el horario; además es posible consultar los requisitos correspondientes al trámite en cuestión. Para saber cuál es la oficina de AFIP más cercana al domicilio, existe un buscador de dependencias donde se encuentra esa información. ¿Cuáles son los beneficios de utilizar el sistema? La solicitud del turno es muy sencilla, sólo tenes que identificarte, indicar qué trámite querés realizar y cuándo hacerlo. El sistema te va a indicar en qué dependencia podés realizar el trámite. Al seleccionar el trámite, podés conocer en el momento cuales son los requisitos para realizarlo. Si no querés olvidarte el turn...

Impuesto a la Renta Financiera

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La recaudación del Impuesto a la renta financiera será uno de los grandes desafíos que enfrentará el Gobierno en este 2019, no sólo por la incorporación de la poco simpática noticia de sumar un impuesto, sino por la imposibilidad fáctica y el replanteo de todo el esquema de liquidación del impuesto a las ganancias de las personas físicas. La reforma tributaria hasta ahora ha traído más dolores de cabeza que beneficios y ya parece haber nacido muerta, su reglamentación frente al impuesto a las ganancias, un año después de la sanción de la ley N° 27.430 dejó en evidencia la falta de operatividad de una norma que afectará el bolsillo de un ahorrista que en el año tuvo una devaluación y una inflación casi sin precedentes y que incluso perdiendo terminarán pagando. Por otra parte, las complejidades de la disposición de la información para la toma de conocimiento de la materia imponible permiten aventurar un pronóstico de prorrogas y complejidades operativas en un año difícil desde todo...

Plan de Pagos Permanente para PyME RG 4346/2018

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Plan de pagos permanente Adecuaciones transitorias para aumentar la cantidad máxima de planes y de cuotas para algunos tipos de deuda. Con carácter transitorio se establecen los siguientes cambios a aplicarse en el plan de pagos permanente: Desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 28 de febrero de 2019, ambas fechas inclusive, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1-categorizadas como tal en el “Sistema Registral”, podrán regularizar sus obligaciones por tipo de deuda general y en gestión judicial, mediante de 6 planes de facilidades, como máximo, conforme se consigna en el Anexo. Desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 31 de marzo de 2019, ambas fechas inclusive, los contribuyentes y/o responsables que regularicen deudas originadas en ajustes de fiscalización, podrán adherirse a este plan de facilidades de pago y cancelar sus obligaciones en 24 cuotas, como máximo, de acuerdo con lo indicado en el Anexo. Vigencia Las disposiciones establecidas en esta res...

Ley 23.928 Impuesto a las Ganancias Cambios y modificaciones

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Impuesto a las Ganancias Cambios en la Ley y sus modificatorias. Sustituciones Ley del Impuesto a las Ganancias En el segundo párrafo del artículo 89 y en el título VI, las expresiones “índice de precios internos al por mayor (IPIM)” e “índice de precios al por mayor, nivel general”, según corresponda, por “índice de precios al consumidor nivel general (IPC)”. El último párrafo del artículo 95, se sustituirá por el siguiente: Las disposiciones del párrafo precedente tendrán vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2018. Respecto del primer, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, ese procedimiento será aplicable en caso que la variación de ese índice, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios, supere un cincuenta y cinco por ciento (55%), un treinta por ciento (30%) y en un quince por ciento (15%) para el primer, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente. Aplicación: a partir del 1...

Novedades CETA digital sin clave fiscal

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El CETA, más simple Sin clave fiscal y sin papeles; podés hacerlo vos mismo Desde la semana próxima podrás tramitar sin clave fiscal el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), de manera online en este mismo sitio web. Sólo tendrás que informar los datos del vehículo, los transferentes y los adquirientes. Y confirmar el trámite. Eso será todo. Además, ya no tendrás que llevar un comprobante en papel al Registro Nacional de Propiedad Automotor porque ellos contarán con esa información por nuestra parte. Así, simplificamos tus trámites. FÁCIL, GRATUITO Y SEGURO De esta manera, ahora el CETA es más fácil y sigue siendo gratuito y seguro. No necesitás intermediarios ni gestores. Como siempre, te sugerimos que no le des tu clave fiscal a desconocidos. Recordá que sólo la AFIP tiene la tecnología necesaria para validar la autenticidad de tu clave fiscal. Darle tu clave fiscal a desconocidos te pone en riesgo. OPERACIONES QUE NO REQUIEREN CETA Recordá que ...

Bono No Remunerativo 2018

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Bono no remunerativo 2018 Con el decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó el bono de fin de año de $ 5.000 que deberán pagar las empresas privadas. El Estado, en tanto, pagará también un monto similar, y además dará un aumento de 10% en dos tramos a los empleados públicos. ¿Cuando y como se abona el bono ? Si la empresa privada cumple al pie de la letra la norma, $ 2.500 se pagarán a principios de diciembre (con el sueldo de noviembre) y los otros $ 2.500 se recibirán en febrero (o sea, con el salario de enero). Causas de fuerza mayor Sin embargo, las compañías que estén atravesando una situación de crisis o declinación productiva, podrán negociar con el sindicato para flexibilizar el monto y los plazos. El decreto no establece cuáles serán los parámetros para determinar que una empresa está en crisis, ni si -en caso de estarlo- habrá un pago mínimo del bono o un plazo máximo para abonarlo. Estas dos últimas variables deberán negociarlas los represent...

Calculo del SAC Aguinaldo

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En caso que el empleado haya cumplido con 6 meses de trabajo corrido el calculo se realiza:  Se toma el sueldo mayor en el lapso de los 6 meses anteriores y se lo divide por 2. Sueldo mayor $1000 / 2 = SAC En el caso que el empleado no haya trabajado 6 meses corridos anteriores se realiza un calculo proporcional:  Se toma el sueldo mayor de los meses del periodo se realiza el mismo calculo que en el caso anterior pero luego se divide por 181 y se lo multiplica por la cantidad de dias trabajados. Sueldo mayor $1000 / 2 /181 x dias trabajados= SAC El SAC se abona por semestre, junio y diciembre de cada año, por ello el calculo se realiza SIEMPRE teniendo en cuenta los valores del sueldo y los dias trabajados de los 6 meses anteriores al calculo correspondiente.

Liquidacion final empleado

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Corresponde cobrar al empleado por despido: El sueldo del mes en curso: los dias trabajados. SAC proporcional: desde el ultimo aguinaldo cobrado. El mejor sueldo dividido por 180, y esto se multiplica a los dias trabajados. Vacaciones no gozadas: 1 dia por cada 20 trabajados, se divide el sueldo por dia y se multiplica por cada dia de vacaciones no gozada que corresponda. Indemnizacion: un sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a 3 meses. 1 año y 4 meses = 2 sueldos. Preaviso: un sueldo hasta 5 años trabajados, 2 sueldos si se trabajo en la empresa mas de 5 años. ( Solo si el empleador no cumplio con la formalidad de enviar con 30 dias de anticipacion carta documento al empleado avisandole del despido). Corresponde cobrar al empleado por renuncia: Los primeros 3 items ( No corresponde indemnización y preaviso )

Seguridad social y personal de casas particulares

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La Resolución General 3.489 sustituye las denominaciones de los Sistemas con clave fiscal “Mis Aportes”, “Su Declaración” y “Mi Simplificación II” , por las siguientes:  “Aportes en línea”, “Declaración en línea” y “Simplificación registral”, respectivamente. ------------------------------------------------------------------------------ Registros Especiales de la Seguridad Social para empleadores de personal de casas particulares y agencias de remises Le informamos que en el Boletín Oficial del día 02/05/2013 se ha publicado la Resolución General 3.491 que crea el servicio denominado “Registros Especiales de la Seguridad Social”. El aludido servicio está integrado por el “Registro Especial del Personal de Casas Particulares” y el “Registro Especial de Vehículos de Alquiler bajo la modalidad de Autoremís”, y será la vía obligada para informar las altas, bajas y modificaciones de datos del personal doméstico y/o de los choferes -según corresponda-. --------------...

Reimputacion de pagos

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¡¡Buenas noticias!! Ya no hace falta ir a la AFIP para reimputar un pago, mediante el sistema de cuentas tributarias accediendo con CUIT y clave fiscal podemos cancelar y dirigir el pago mal realizado por sistema. Ingresando a transacciones en un nuevo item "reimputacion de pagos del contribuyente" Nos dara como resultado un nuevo formulario como comprobante de la operacion realizada. El mecanismo es similar al ingreso de datos del formulario manual de "cambio de imputacion de pagos" que utilizábamos anteriormente.

Inscripción domestica (nuevo servicio)

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Registros Especiales de la Seguridad Social para empleadores de personal de casas particulares y agencias de remises Le informamos que en el Boletín Oficial del día 02/05/2013 se ha publicado la Resolución General 3.491 que crea el servicio denominado “Registros Especiales de la Seguridad Social”. El aludido servicio está integrado por el “Registro Especial del Personal de Casas Particulares” y el “Registro Especial de Vehículos de Alquiler bajo la modalidad de Autoremís”, y será la vía obligada para informar las altas, bajas y modificaciones de datos del personal doméstico y/o de los choferes -según corresponda-. Se ingresa como normalmente a la pagina con cuit y clave, en administrador de relaciones de clave fiscal se busca "simplificacion registral- regimen especial de seguridad social" para dar de alta.

SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada

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Socios La SRL tiene sus orígenes en la Ley 3.918 del año 1923 y se crea sobre la base de que es de especial importancia la persona de los socios, de modo que ningún socio podrá vender su participación en la SRL a menos de tener la aprobación de los restantes. Por eso, podemos decir que los socios en una SRL son como los cónyuges de un matrimonio, y se debe estar muy seguro del futuro socio antes de presentarse en la notaría. Administración La ley establece un mínimo de dos socios para constituir una SRL y un máximo de 50. La ley no regula explícitamente la forma de administración, sin embargo, este tipo de sociedad permite que todos los socios la administren o que se designe a uno de ellos como socio administrador o incluso que sea administrada por terceros. Sin perjuicio de cuál opción se elija, es importante tener presente qué en la práctica hay que otorgar poderes concretos y específicos a la o las personas que pueden actuar en representación de la SRL, ya sea que dichos poderes ...

SH Sociedad de Hecho

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La sociedad de hecho no se constituye por escritura pública, se constituye por medio de un contrato meramente consensual sin solemnidad alguna. El registro mercantil es obligatorio y se debe realizar dentro del mes siguiente a la constitución o permiso de funcionamiento de la misma. Integrada por 2 o más socios. Los socios tiene responsabilidades ilimitadas y solidarias por las operaciones sociales. Se puede conformar por nombres o apellidos sin ninguna sigla en particular. Al respecto el Código de Comercio dice: Art. 498.- La sociedad comercial será de hecho cuando no se constituya por escritura pública. Su existencia podrá demostrarse por cualquiera de los medios probatorios reconocidos en la ley CONC. Art. 175, Código de Procedimiento Civil. Art. 499.- La sociedad de hecho no es persona jurídica . Por consiguiente, los derechos que se adquieran y las obligaciones que se contraigan para la empresa social se entenderán adquiridos o contraídas a favor o a cargo de todos los socios de...

Pago por ayuda escolar

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Requisitos y Formularios para cobrar la Ayuda Escolar Se debe recordar que solo si es necesario, o sea si no cobra la Asignación por Hijo y/o Hijo Discapacitado o si ANSES no lo paga. Formulario de la Asignación Familiar Ayuda Escolar Anual, PS 2.68 que se baja de la página de ANSES, sesión Ayuda Escolar. Debidamente cumplimentado. Solamente después de los 120 días corridos después del inicio de las clases y/o tratamiento de rehabilitación. Documentación a acompañar a los formularios: Partida de Nacimiento de o de los Menores. DNI de ser posible de todo el grupo familiar. Sólo en los casos cuando el Formulario PS 2.68 no este totalmente cumplimentado, se deberá adjuntar el Certificado Escolar y/o Certificado del tratamiento de Rehabilitación. La Ayuda Escolar la cobran los beneficiarios con derecho al cobro de la Asignación por Hijo, solamente hasta el mes que cumple los 18 años, o bien los que reciben la Asignación por Hijo Discapacitado, sin limite de edad. La...

Vencimientos de Mayo 2013

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Calendario de vencimientos para Mayo: viernes 3: pago de autónomos. martes 7: empleadores. viernes 10: pago de servicio domestico. lunes 13: ganancias persona jurídica y bienes personales. lunes 20: presentación de iva e ingresos brutos y pago de monotributo. lunes 27: declaración informativa de monotributo.

Noticias AFIP: aporte de empleada domestica a quienes ganen mas de 500 mil al año

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La AFIP dará por hecho que los contribuyentes que tienen un determinado nivel de ingresos y un patrimonio que supere el tope fijado para el Impuesto sobre los Bienes Personales,tienen personal doméstico trabajando en su casa. Y, en consecuencia, les cobrará impuestos como si no estuvieran pagando los aportes de su empleado. Para evitar esto, todos los contribuyentes que tengan personal doméstico deberán inscribirlos en un Registro Especial ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esta obligación surge de un nuevo mecanismo que la AFIPpondrá en marcha en junio, según una resolución que se publicó el martes en el Boletín Oficial. De allí surge que el organismo de recaudación presumirá que una persona tiene empleada domestica si percibe ingresos anuales por más de $ 500.000 y tiene un patrimonio de $ 305.000 o mayor. En caso de que ese contribuyente no registre una empleada, la AFIP determinará de oficio una deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social y ex...

Empleada domestica

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A diferencia de la normativa anterior (que sólo consideraba relación de dependencia la situación en que se trabajaba más de 16 horas semanales), el nuevo régimen se aplica a todas las situaciones, incluyendo a las empleadas por hora.  No hay una forma establecida para oficializar el contrato laboral. Una vez que la empleada comienza a trabajar, se considerará un  período de prueba  de 30 días para el personal sin retiro (cama adentro) y de 15 días de trabajo efectivo para las trabajadoras con retiro. A partir de allí se presume que la relación laboral continúa y es por tiempo indeterminado.  Se establecen tres modalidades:  Trabajadores sin retiro (comúnmente conocidos como “cama adentro”).  Trabajadores con retiro para un único empleador.  Trabajadores con retiro para varios empleadores.  Registración.  En la actualidad rige un régimen simplificado que implementó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por el cual, p...

Trabajadores Independientes

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Régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente Está dirigido a los trabajadores independientes que cumplan, de manera conjunta con las siguientes condiciones: Ser mayor de 18 años. Desarrollar exclusivamente una actividad independiente, que no sea de importación de cosas muebles y/o servicios No poseer local o establecimiento estable (excepto su casa habitación siempre que no sea un local). La actividad desarrollada debe ser la única fuente de ingresos. Tampoco podrá tener mas de una unidad de explotación. No poseer empleados en relación de dependencia. No ser contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales. No haber superado los $24.000 de ingresos brutos, durante los 12 meses calendarios anteriores al momento de adhesión. O de hasta $29.000 cuando dentro de esos ingresos se haya computado los percibidos correspondientes a períodos anteriores al considerado. De ser graduado universitario, no deberá superar los 2 años contados desde la expedición del tí...

Operativo: Autos de alta gama

La AFIP apunta a compradores de autos de alta gama La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó un operativo masivo en concesionarias de todo el país con el objetivo de inducir a los futuros compradores de vehículos de alta gama, a que los incluyan en sus declaraciones juradas de impuesto a las Ganancias y Bienes Personales próximas a vencer. Según la AFIP, "940 vehículos usados en exhibición no fueron informados al Registro de Operaciones de compra-venta". El organismo recaudador del Estado indicó que el año pasado se detectaron irregularidades en el 44% de los titulares de autos valuados en más de 180 mil pesos. Durante el operativo, los inspectores de la AFIP solicitaron a las concesionarias que identifiquen a las personas físicas y/o jurídicas que adquirieron automóviles por valores superiores a los $180.000 durante el año 2010. El operativo se realizó en base a las irregularidades que se detectaron el año pasado, entre las que figuraron contribuyente...