Plan de Pagos Permanente para PyME RG 4346/2018
Plan de pagos permanente
Adecuaciones transitorias para aumentar la cantidad máxima de planes y de cuotas para algunos tipos de deuda.
Con carácter transitorio se establecen los siguientes cambios a aplicarse en el plan de pagos permanente:
Desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 28 de febrero de 2019, ambas fechas inclusive, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1-categorizadas como tal en el “Sistema Registral”, podrán regularizar sus obligaciones por tipo de deuda general y en gestión judicial, mediante de 6 planes de facilidades, como máximo, conforme se consigna en el Anexo.
Desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 31 de marzo de 2019, ambas fechas inclusive, los contribuyentes y/o responsables que regularicen deudas originadas en ajustes de fiscalización, podrán adherirse a este plan de facilidades de pago y cancelar sus obligaciones en 24 cuotas, como máximo, de acuerdo con lo indicado en el Anexo.
Vigencia
Las disposiciones establecidas en esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día 1 de diciembre de 2018, inclusive.
Referencia normativa: Resolución General 4346/2018
Fecha de publicación: 29/11/2018
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