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Calculo del SAC Aguinaldo

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En caso que el empleado haya cumplido con 6 meses de trabajo corrido el calculo se realiza:  Se toma el sueldo mayor en el lapso de los 6 meses anteriores y se lo divide por 2. Sueldo mayor $1000 / 2 = SAC En el caso que el empleado no haya trabajado 6 meses corridos anteriores se realiza un calculo proporcional:  Se toma el sueldo mayor de los meses del periodo se realiza el mismo calculo que en el caso anterior pero luego se divide por 181 y se lo multiplica por la cantidad de dias trabajados. Sueldo mayor $1000 / 2 /181 x dias trabajados= SAC El SAC se abona por semestre, junio y diciembre de cada año, por ello el calculo se realiza SIEMPRE teniendo en cuenta los valores del sueldo y los dias trabajados de los 6 meses anteriores al calculo correspondiente.

Liquidacion final empleado

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Corresponde cobrar al empleado por despido: El sueldo del mes en curso: los dias trabajados. SAC proporcional: desde el ultimo aguinaldo cobrado. El mejor sueldo dividido por 180, y esto se multiplica a los dias trabajados. Vacaciones no gozadas: 1 dia por cada 20 trabajados, se divide el sueldo por dia y se multiplica por cada dia de vacaciones no gozada que corresponda. Indemnizacion: un sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a 3 meses. 1 año y 4 meses = 2 sueldos. Preaviso: un sueldo hasta 5 años trabajados, 2 sueldos si se trabajo en la empresa mas de 5 años. ( Solo si el empleador no cumplio con la formalidad de enviar con 30 dias de anticipacion carta documento al empleado avisandole del despido). Corresponde cobrar al empleado por renuncia: Los primeros 3 items ( No corresponde indemnización y preaviso )

Seguridad social y personal de casas particulares

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La Resolución General 3.489 sustituye las denominaciones de los Sistemas con clave fiscal “Mis Aportes”, “Su Declaración” y “Mi Simplificación II” , por las siguientes:  “Aportes en línea”, “Declaración en línea” y “Simplificación registral”, respectivamente. ------------------------------------------------------------------------------ Registros Especiales de la Seguridad Social para empleadores de personal de casas particulares y agencias de remises Le informamos que en el Boletín Oficial del día 02/05/2013 se ha publicado la Resolución General 3.491 que crea el servicio denominado “Registros Especiales de la Seguridad Social”. El aludido servicio está integrado por el “Registro Especial del Personal de Casas Particulares” y el “Registro Especial de Vehículos de Alquiler bajo la modalidad de Autoremís”, y será la vía obligada para informar las altas, bajas y modificaciones de datos del personal doméstico y/o de los choferes -según corresponda-. --------------...

Reimputacion de pagos

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¡¡Buenas noticias!! Ya no hace falta ir a la AFIP para reimputar un pago, mediante el sistema de cuentas tributarias accediendo con CUIT y clave fiscal podemos cancelar y dirigir el pago mal realizado por sistema. Ingresando a transacciones en un nuevo item "reimputacion de pagos del contribuyente" Nos dara como resultado un nuevo formulario como comprobante de la operacion realizada. El mecanismo es similar al ingreso de datos del formulario manual de "cambio de imputacion de pagos" que utilizábamos anteriormente.

Inscripción domestica (nuevo servicio)

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Registros Especiales de la Seguridad Social para empleadores de personal de casas particulares y agencias de remises Le informamos que en el Boletín Oficial del día 02/05/2013 se ha publicado la Resolución General 3.491 que crea el servicio denominado “Registros Especiales de la Seguridad Social”. El aludido servicio está integrado por el “Registro Especial del Personal de Casas Particulares” y el “Registro Especial de Vehículos de Alquiler bajo la modalidad de Autoremís”, y será la vía obligada para informar las altas, bajas y modificaciones de datos del personal doméstico y/o de los choferes -según corresponda-. Se ingresa como normalmente a la pagina con cuit y clave, en administrador de relaciones de clave fiscal se busca "simplificacion registral- regimen especial de seguridad social" para dar de alta.

SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada

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Socios La SRL tiene sus orígenes en la Ley 3.918 del año 1923 y se crea sobre la base de que es de especial importancia la persona de los socios, de modo que ningún socio podrá vender su participación en la SRL a menos de tener la aprobación de los restantes. Por eso, podemos decir que los socios en una SRL son como los cónyuges de un matrimonio, y se debe estar muy seguro del futuro socio antes de presentarse en la notaría. Administración La ley establece un mínimo de dos socios para constituir una SRL y un máximo de 50. La ley no regula explícitamente la forma de administración, sin embargo, este tipo de sociedad permite que todos los socios la administren o que se designe a uno de ellos como socio administrador o incluso que sea administrada por terceros. Sin perjuicio de cuál opción se elija, es importante tener presente qué en la práctica hay que otorgar poderes concretos y específicos a la o las personas que pueden actuar en representación de la SRL, ya sea que dichos poderes ...

SH Sociedad de Hecho

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La sociedad de hecho no se constituye por escritura pública, se constituye por medio de un contrato meramente consensual sin solemnidad alguna. El registro mercantil es obligatorio y se debe realizar dentro del mes siguiente a la constitución o permiso de funcionamiento de la misma. Integrada por 2 o más socios. Los socios tiene responsabilidades ilimitadas y solidarias por las operaciones sociales. Se puede conformar por nombres o apellidos sin ninguna sigla en particular. Al respecto el Código de Comercio dice: Art. 498.- La sociedad comercial será de hecho cuando no se constituya por escritura pública. Su existencia podrá demostrarse por cualquiera de los medios probatorios reconocidos en la ley CONC. Art. 175, Código de Procedimiento Civil. Art. 499.- La sociedad de hecho no es persona jurídica . Por consiguiente, los derechos que se adquieran y las obligaciones que se contraigan para la empresa social se entenderán adquiridos o contraídas a favor o a cargo de todos los socios de...